Reglamento de Impuestos Verdes: ¿en la recta final?

24 octubre, 2022
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“Independiente del camino que se tome, esto es, continuar con el reglamento que conocemos o uno modificado, es claro que estamos ad portas de que Chile disponga de mecanismos de flexibilidad o esquema tipo mercados de carbono”.

Por Juan Carlos Monckeberg, director de Medio Ambiente AES Andes
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El 9 de marzo de 2022 se promulgó la Ley Marco de Cambio Climático, cuyo objetivo principal es que Chile potencie su resiliencia climática y alcance la carbono neutralidad a más tardar el año 2050. Para la implementación de esta ley se requiere dictar una veintena de actos administrativos de diversa naturaleza tales como informes, guías y reglamentos. El desafío es enorme y sin ellos la ley será letra muerta.

En paralelo, con un origen distinto (Ley 21.210 o modernización tributaria) pero colaborando al mismo objetivo, próximamente debiera entrar en vigor el reglamento que define los procedimientos de evaluación, verificación, homologación y certificación de proyectos de reducciones de emisiones contaminantes para compensar emisiones afectas a impuestos verdes.

El anteproyecto se sometió a un extenso proceso de consulta pública durante el año 2021, recibiendo el Ministerio de Medio Ambiente más de mil observaciones, cuya gran mayoría fue integrada en la versión final del proyecto. En marzo de 2022 se obtuvo el pronunciamiento favorable del Consejo de Ministros para la sustentabilidad, recomendando al Presidente de la República su aprobación.

La importancia de esta propuesta de reglamento radica en que, entre otras definiciones, habilitará esquemas de financiamiento para proyectos que reduzcan emisiones de gases de efecto invernadero y contaminantes locales, en sustitución al pago de los impuestos verdes que solo tienen fines recaudatorios. Con el cambio de coalición gobernante, la propuesta de reglamento entró a un proceso de revisión, asunto del todo razonable en el contexto de la nueva administración que asumió en marzo.

No obstante, el tiempo apremia ya que el reglamento debe también pasar por la revisión de la Contraloría General de la República y luego publicada en el Diario Oficial. De su publicación dependen otras definiciones que son críticas para su correcta implementación tales como tipos de proyectos, estándares, requerimientos de auditorías y la habilitación de un sistema de registro para las reducciones de emisiones.

El asunto es que, si se decide introducir algún ajuste o cambio significativo, eventualmente se debiera repetir el proceso de consulta pública, como también obtener una nueva aprobación por el Comité de Ministros para la Sustentabilidad, extendiendo aún más los plazos para operativizar una ley que entra en vigor el 1 de enero de 2023.

Independiente del camino que se tome, esto es, continuar con el reglamento que conocemos o uno modificado, es claro que estamos ad portas de que Chile disponga de mecanismos de flexibilidad o esquema tipo mercados de carbono, que permitirán el financiamiento de proyectos de alto impacto socio ambiental, generando beneficios directos en la reducción de emisiones e incrementos en la resiliencia, contribuyendo a la urgente necesidad de adaptación y mitigación del cambio climático.

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