La eficiencia energética primero

10 enero, 2023
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El pasado 13 de septiembre se publicó en el Diario Oficial el Reglamento sobre gestión energética, que rige a los consumidores con capacidad de gestión de energía, incluyendo a los organismos públicos.

Por Alejandro Reyes, consultor experto en eficiencia energética y sustentabilidad
Socio de Eecos SpA
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“Claro que consideré eficiencia energética en mi proyecto, instalé paneles solares con tecnología de punta”. Muchas veces me he encontrado con respuestas similares, donde se mal entiende el concepto de eficiencia energética y se confunde con el uso de energías renovables no convencionales (ERNC).

Eficiencia energética es lograr un mismo resultado consumiendo menos energía, sin disminuir la calidad de vida o la calidad de los productos, o bien, la de los servicios entregados. Y si esa menor energía es generada mediante ERNC, el resultado es mucho mejor.

Entonces, frente a la pregunta: “¿Es mejor 1 kWh producido por ERNC o 1 kWh ahorrado gracias a iniciativas de eficiencia energética?”, sin duda el kWh no consumido es el mejor negocio.

Comprender lo anterior nos permite dimensionar cuan positivo es contar por primera vez en nuestra historia, con una Ley de Eficiencia Energética. Esta permitirá que al 2030 tengamos una reducción de intensidad energética del 10% y una disminución de 28,6 millones de toneladas de CO2, según ha declarado el ministerio de Energía. Esta normativa además contribuirá a alcanzar el carbono neutralidad para 2050, meta país que ha trazado el gobierno.

Uno de los sectores que contempla la ley es el productivo, que consumió un total de 38% de la energía a nivel nacional, posicionándose como el de mayor consumo en 2019. Acorde con esto el pasado 13 de septiembre se publicó en el Diario Oficial el Reglamento sobre gestión energética, que rige a los consumidores con capacidad de gestión de energía, incluyendo a los organismos públicos.

Según establece la normativa, las grandes empresas y organismos públicos deberán generar de manera obligatoria sistemas de gestión de energía (SGE) e informar anualmente sus consumos.

Una vez implementado los SGE, las empresas deberán enviar cada año al ministerio de Energía y a la SEC (Superintendencia de Electricidad y Combustibles), el informe de sus consumos de energía para uso final. Ello además de información sobre las oportunidades detectadas y acciones de eficiencia energética realizadas y proyectadas.

Es evidente que la implementación de la nueva ley de eficiencia energética y el reglamento mencionado, implican un tremendo desafío. Pero también traen consigo muchas oportunidades y beneficios, que van más allá de reducir el calentamiento global: creación de empleos; desarrollo; introducción e implementación de nuevas tecnologías; disminución de la contaminación ambiental; salud y bienestar asociado; y ahorros en gasto energético.

Para nuestro planeta, el país, la industria y el hogar, la eficiencia energética primero.

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