Caso State Grid: ¿un peligro para el mercado eléctrico chileno?

18 enero, 2021
Columna de opinión - Fernando Abara_foto

“Chile no puede darse el lujo de rechazar este tipo de inversiones. Por el contrario, debe acogerla con entusiasmo considerando las externalidades positivas”.

Por Fernando Abara, abogado y profesor de Derecho de Energía U. Católica de Chile
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La compra por parte de la empresa estatal china State Grid International Development Limited (SGID), de las distribuidoras Chilquinta y CGE, ha generado algunas inquietudes por los peligros que podría representar para Chile una participación tan relevante en el mercado nacional de la distribución de electricidad.

Dentro del sector eléctrico chileno, la distribución constituye un monopolio natural y goza de economías de escala y de alcance, cuyas inversiones son irreversibles. De ello dan cuenta los procesos tarifarios.

No solo eso. Se encuentra fuertemente regulada, con un estatuto de servicio público, con obligación de invertir y tarifas establecidas por la autoridad en procesos públicos, participativos y transparentes.

Adicionalmente, para ejercer el giro de la distribución se requiere obtener una concesión eléctrica otorgada por el Estado, circunscrita a un territorio específico, existiendo la posibilidad de declarar su caducidad bajo ciertas condiciones establecidas en la ley.

Por otra parte, desde el punto de vista corporativo, se encuentran constituidas como sociedades anónimas abiertas o sujetas a las normas que las rigen y, en consecuencia, supervigiladas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), además de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Lo anterior implica que deben sujetarse al control de la CMF y publicar su memoria, balance, estados financieros y comunicar los hechos esenciales a la autoridad y al público en general, entre otras obligaciones.

Considerando los niveles de concentración y el tipo de organizaciones societarias de estas empresas, donde existe efectivamente un control de las empresas matrices sobre las filiales y coligadas, generalmente no se presentan problemas de agencia.

Si bien en la interacción de las distribuidoras con los clientes residenciales existe selección adversa, debido a las asimetrías de información con relación a los complejos procesos y formas de cálculo de las tarifas, es la intervención del Estado, a través de la CNE, la que impide que tales asimetrías se traduzcan en daño a la población.

En consecuencia, la circunstancia que exista una alta concentración en el mercado relevante, por sí sola, no hace más peligroso que un solo controlador tenga un porcentaje importante de la actividad en Chile, en la medida que la fiscalización, tanto de parte de las entidades propias del sector energía como del sector de libre competencia, sea efectiva.

A lo anterior debe agregarse una atenta mirada de las instituciones políticas de modo de monitorear y anticipar cualquier comportamiento que pudiese eventualmente dañar la soberanía de Chile, desde una perspectiva estratégica y geopolítica, atendiendo al hecho de que se trata de un importante socio comercial, como lo es China.

Además de inevitable en el marco jurídico y económico actual, Chile no puede darse el lujo de rechazar este tipo de inversiones. Por el contrario, debe acogerla con entusiasmo considerando las externalidades positivas que pueden producirse en términos de incorporación de mejores prácticas y nuevas tecnologías.

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