Energía ha despachado menos de la mitad de los reglamentos de la Ley de Transmisión

31 julio, 2017
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Hasta el 21 de julio habían sido publicados en el Diario Oficial cuatro de las normas que permiten la plena aplicación de esta legislación.

Fue calificada como la más importante reforma eléctrica de los últimos 35 años y, a raíz de ello, se buscó cumplir en forma expedita con la redacción de todos los reglamentos que permiten aplicar a cabalidad la Ley de Transmisión.

Sin embargo, y pese a que el extitular de Energía, Máximo Pacheco, fijó un plazo de un año desde el 20 de julio de 2016, cuando se publicó la normativa, para evacuar todas estas regulaciones específicas, lo cierto es que hasta el 21 de julio de este año, sólo cuatro de las diez que fueron definidas por la autoridad, habían sido publicadas en el Diario Oficial.

La Ley de Transmisión supuso una serie de cambios radicales en la forma en que se proyecta y diseña el sistema eléctrico, a partir de la interconexión de las principales redes de abastecimiento del país en un sistema nacional, cuya operación se espera sea efectiva a partir de 2019.

Lo anterior dio paso a su vez a la creación del Coordinador Eléctrico Nacional, entidad que no sólo sucedió a los Centros de Despacho Económico de Carga (CDEC) para la operación del sistema, sino que le otorgó a esta entidad nuevas atribuciones, entre ellas la supervisión de la competencia en esta industria.

Los reglamentos permiten la aplicación de lo establecido en las leyes y la meta propuesta por el exministro Pacheco y que tuvo que tratar de cumplir su sucesor, Andrés Rebolledo, no era menor para esta cartera, considerando que hay normativas derivadas de la ley corta II, que fue publicada en 2005 y que tardaron más de diez años en ser despachadas.

Hasta ahora los reglamentos que están vigentes son la planificación energética de largo plazo que apareció en el Diario Oficial a inicios de enero de este año.

Le siguió la que regula el intercambio internacional de energía, que fue publicado el 15 de marzo, mientras que el 22 del mismo mes sucedió lo propio con el reglamento que establece el procedimiento para la determinación de franjas preliminares.

La publicación más reciente es la del 21 de julio recién pasado, que corresponde a la determinación y pago de compensaciones por indisponibilidad de suministro eléctrico, el que supone un cambio mayor a la forma en que actualmente le responden a los usuarios finales las generadoras y empresas de transmisión.

En este caso, el cambio primordial es que en caso de apagones se fijan montos más altos de reparación para los usuarios, los que tendrán que ser cancelados en forma inmediata por estas empresas, que posteriormente podrán tratar de impugnar los pagos.

Esta es la información que figura en los registros públicos del Ministerio de Energía. La Comisión Nacional de Energía (CNE) fue consultada por el estatus de estas normativas, pero no hubo respuesta.

Regulaciones vitales

Como sucedió con otros procesos, el ministerio está elaborando los reglamentos a partir de procesos participativos y en la industria comentan que varias de las normas que están pendientes son vitales para la operación futura del sistema, en escenarios como la interconexión.

Mencionan como clave, por ejemplo, las regulaciones que tienen que ver con el reglamento del Coordinador Eléctrico Nacional, que tendrá en sus manos la implementación de la unión de los sistemas interconectados Central (SIC) y del Norte Grande (SING), una vez que las inversiones de unión y de refuerzo de la primera de estas redes se completen.

Otro de los reglamentos que se espera en la industria y aún está siendo analizado en una mesa de trabajo público-privada, que a inicios de julio llevaba siete reuniones, es el que fija los denominados servicios complementarios, que flexibilizan la operación del sistema ante la mayor penetración de las energías renovables no convencionales.

Fuente: Diario Financiero

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