Crisis en Quintero: ENAP presenta recurso contra la SMA tras reformulación de cargos

28 octubre, 2020
enap quinteros

La petrolera asegura que la entidad fiscalizadora emitió “un prejuzgamiento infundado, faltó a su deber de objetividad y dio lugar a la realización de diligencias al margen de la investigación, en total reserva y secreto”.

El enfrentamiento entre la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) no cede a poco más de dos años del episodio de contaminación ambiental que afectó a las zonas de Quintero y Puchuncaví.

Luego de que el 24 de septiembre la entidad fiscalizadora decidiera reabrir la investigación del procedimiento sancionatorio y reformular cargos contra ENAP Refinerías, titular del proyecto Terminal Marítimo de Quintero, al detectar nuevas infracciones, la petrolera estatal presentó un recurso de reclamación contra dicha resolución ante el Segundo Tribunal Ambiental.

En un documento de 70 páginas, ENAP asegura que la SMA ha incurrido en “diversas violaciones a las normas y principios”, vulnerando los derechos de la compañía y colocándola en una “situación de indefensión”.

“Como resultado de la imperiosa necesidad que ha demostrado la SMA de encontrar alguna razón para culpar a ERSA (ENAP Refinerías) de los eventos de intoxicación ocurridos en Quintero y Puchuncaví en agosto de 2018, ha pasado por alto las normas del debido proceso administrativo”, lanzan de entrada.

Según explica la petrolera, no sólo mantuvo por más de 500 días cerrada la investigación mientras realizaba importantes diligencias probatorias que fueron “ocultadas” a la empresa, sino que también le ha imputado a ENAP “supuestas actuaciones dolosas sin fundamento serio alguno y con el solo efecto de justificar su inexcusable demora y su inesperado giro argumentativo con la reformulación de cargos”.

ENAP ahonda en el momento -5 de septiembre de 2018- en que se formuló originalmente los cargos en contra de la firma, calificando como un acto “incomprensible” que en un plazo de dos semanas la SMA haya sido capaz de reunir toda la información necesaria para imputar a la compañía la responsabilidad en las intoxicaciones ocurridas en agosto del año 2018.

La suspicacia que deja entrever la petrolera se concentra en que en mayo del año pasado, el fiscal instructor del caso decidió cerrar la investigación y elevar su propuesta de dictamen al superintendente del Medio Ambiente. Esta propuesta, relatan, reconocía que las infracciones imputadas no decían relación con las intoxicaciones de Quintero y Puchuncaví.

Sin embargo, desde el cierre de la investigación hasta la dictación de la resolución recurrida, el procedimiento sancionatorio seguido en contra de ENAP entró -según aseguran- “en una fase de secretismo y reserva absoluta”. “Resultaba del todo curioso que, habiéndose ya cerrado la investigación, la SMA se negara a dictar una resolución final para concluir el procedimiento sancionatorio”, indican.

En esa línea, puntualizan que lo que resulta aún más “curioso” es que, ese tiempo de espera, además de durar más de 16 meses desde el cierre de la investigación, no concluyera con una resolución final, sino que con una que volvía el procedimiento sancionatorio a su inicio.

Y no sólo eso, sino que además, para continuar manteniendo la tesis de culpabilidad inicialmente planteada por la SMA en contra de de la petrolera, “se venían agregando lo que se calificó de “nuevos hechos”, a pesar de que todas las supuestas nuevas infracciones ya constaban abiertamente en el expediente desde varios meses antes de que la propia SMA haya decidido cerrar la investigación”.

Por medio de la resolución en cuestionamiento, para ENAP, la SMA concretó “una serie de vulneraciones al debido proceso”. Estas estarían constituidas por haber decretado nuevas diligencias para encontrar que a través de ellas argumentos que “pudieran sustentar la declaración de culpabilidad que públicamente realizó el Superintendente” en contra de la firma.

Y agregan: “Además de inmiscuirse en facultades que no son de su competencia, faltó al principio de imparcialidad, emitió un prejuzgamiento infundado y además faltó a su deber de objetividad. Asimismo, dio lugar a la realización de diligencias al margen de la investigación, en total reserva y secreto, faltando a los principios de probidad, transparencia, contradictoriedad, celeridad y no formalización”.

En concreto, la petrolera solicita al Tribunal con sede en Santiago dejar sin efecto la resolución, retrotrayendo el procedimiento sancionatorio seguido en contra de la empresa al momento inmediatamente posterior al cierre de la investigación.

El intento fallido de la SMA
Aunque acudió el 15 de octubre al Tribunal especializado, este martes el organismo declaró la admisibilidad del recurso, haciéndose pública la nueva contienda de las partes.

Esto, a pesar de que la acción de ENAP intentó ser detenida por la SMA, ya que el 22 de octubre la entidad fiscalizadora presentó un escrito para que se declarara la inadmisibilidad del reclamo.

De acuerdo a lo argumentado en un documento de 11 páginas, a juicio de la Superintendencia, se encuentra reconocido por la jurisprudencia del Tribunal Ambiental que la formulación de cargos y la reformulación de cargos son actos de mero trámite que no impiden continuar el procedimiento ni generan indefensión. “Siendo ello así, en conformidad con la jurisprudencia de la Corte Suprema, se trata de actos que no son susceptibles de ser reclamados mediante el recurso de reclamación”, aseguró en ese momento.

Fuente: Diario Financiero

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