Judicialización de proyectos

16 octubre, 2013
Judicialización de proyectos
Columna de opinión de Flavia Liberona
Flavia Liberona

Hoy es necesario buscar soluciones efectivas, que probablemente pasan por una revisión completa de la legislación ambiental y sectorial, en las cuales el Estado debe jugar un rol activo, resguardando el derecho de las personas y garantizando la igualdad ante la ley

La judicialización de proyectos de inversión no es más que un síntoma de un problema mayor, originado en la normativa ambiental y sectorial que se ha dado el país. Este hecho queda en evidencia al analizar el tipo de proyectos que presentan conflictos o llegan a los tribunales de justicia: principalmente iniciativas de generación eléctrica y minera.

Los crecientes conflictos ambientales y reclamos ciudadanos generan una tensión que se refleja en la prensa, pues cada vez que se cuestiona un proyecto, se rechaza una iniciativa en el sistema de evaluación ambiental, surge un conflicto o se presenta una acción legal, el mundo empresarial sale con fuerza a señalar que se está cuestionando el crecimiento del país.

Pero lo que se observa son los síntomas de un problema más profundo, del cual ni el sector empresarial ni los diversos gobiernos se han querido hacer cargo, y que radica en la poca capacidad de planificación de los proyectos.

Tanto en el caso de las regulaciones mineras como de las eléctricas, las empresas son las que deciden cómo, cuándo, dónde y con qué tecnología instalar los proyectos, sin que exista ninguna planificación territorial o temporal por parte del Estado. Esto es sólo la expresión más evidente del rol subsidiario del Estado, que ha entregado a los privados la capacidad de planificar y desarrollar sus inversiones con bajos niveles de protección hacia las personas y comunidades que potencialmente pueden verse afectadas.

Sin embargo, en la medida que transcurre el tiempo, que el número de instalaciones industriales aumenta, existe más población y más sensibilidad respecto de los impactos ambientales y sociales que pueden generar cierto tipo de proyectos, la gente se muestra más reacia al desarrollo de esas iniciativas. Los habitantes locales conocen de cerca los problemas que generan grandes emprendimientos industriales; pues basta mirar lo que ocurre en la Bahía de Quintero.

A partir de 1997 la regulación ambiental establece el tipo de proyectos que deben ser calificados ambientalmente, y define en qué casos es posible realizar participación ciudadana. El Sistema de Evaluación Ambiental de proyectos es un trámite necesario para la obtención del permiso ambiental, y con ello lograr la autorización para el desarrollo de un determinado emprendimiento industrial. Sin embargo, el contenido de la ley ambiental, así como su aplicación, no representan un sistema que efectivamente resguarde los derechos de las personas, el medio ambiente o los ecosistemas.

Tampoco garantiza la igualdad ante la ley entre empresas y personas, siendo los más afectados las comunidades locales que deben enfrentar, sin apoyo del Estado, proyectos de grandes dimensiones, pese a no contar con las capacidades para hacerlo. Por ello, la forma en que se desarrollan los procesos de calificación ambiental constituye otra fuente de problemas, los que en muchos casos derivan en conflictos socioambientales que llegan a los tribunales de justicia.

Lo que está al centro de los recursos judiciales presentados a las cortes nacionales impugnando la aprobación ambiental de proyectos mineros o eléctricos, son distintas expresiones de la vulneración de derechos de las personas, ya sea porque no se respeta el artículo 19 N°8 de la Constitución (que garantiza el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación), porque no se ha efectuado la consulta previa de acuerdo a lo establecido en el Convenio 169, o porque existen evidentes vicios en el proceso de calificación ambiental.

Por Flavia Liberona, Directora ejecutiva Fundación Terram

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