HidroAysén afina estrategia judicial para hacer frente al Comité de Ministros

28 julio, 2014
ComitŽ de ministros por proyecto Hidroaysen

ComitŽ de ministros por proyecto Hidroaysen

Uno de los análisis es cómo se justificaría el no apelar al Tribunal Ambiental luego que se revocara su RCA (plazo que vencería el 27 de agosto), por cuanto directores podrían ser demandados por accionistas de Endesa y Colbún que se consideren perjudicados.

El próximo 27 de agosto vencería el plazo legal para que HidroAysén apele a la resolución del Comité de Ministros que revocó el permiso ambiental del proyecto. Por lo pronto, el equipo legal de la empresa -en la que son socias Endesa y Colbúnestá trabajando evaluando distintas estrategias judiciales.

Todo liderado por el gerente legal de la firma, Camilo Charme, y con la asesoría de los estudios Vergara, Galindo Correa Abogados y Cubillos Evans Abogados. Este miércoles 30 de julio, el directorio de HidroAysén -presidido por el gerente general de Endesa, Joaquín Galindo Vélez- se reunirá por primera vez luego que el Comité de Ministros adoptara la resolución en contra de la compañía.

Ahí se entregarían las primeras luces sobre la estrategia legal que se podría seguir. Y ya han trascendido varias alternativas. Una de éstas es que no se apele a la resolución del comité. No obstante, los equipos de abogados están analizando las implicancias que esto podría tener en el directorio de HidroAysén, pero también en los consejos de Endesa y Colbún.

En efecto, en caso que no se apele las empresas socias del proyecto deberían asumir la pérdida en los resultados de este año de toda la inversión que ya han realizado en HidroAysén, que ronda los US$320 millones. En un informe, BanChile estimó que el impacto en Endesa alcanzaría al 9,5% de las utilidades antes de impuestos previstas para 2014.

En Colbún, sería del 49,4%. Frente a esto, los abogados están analizando un eventual escenario que sería una demanda de algún accionista minoritario en contra de los directores, lo cual se podría fundamentar en el Artículo 41 de la Ley de Sociedades Anónimas: “Los directores deberán emplear en el ejercicio de sus funciones el cuidado y diligencia que los hombres emplean ordinariamente en sus propios negocios y responderán solidariamente de los perjuicios causados a la sociedad y a los accionistas por sus actuaciones dolosas o culpables”.

Apelación

Otros dos caminos, en caso que se decida apelar, son reclamar de manera simultánea en tribunales ambientales de Santiago y Valdivia. Esto debido a que la Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente establece que cualquier apelación se debe llevar a cabo en el tribunal del domicilio del órgano que dictó el acto.

En Santiago, porque la última resolución del Comité de Ministros se efectuó en la capital. En tanto, en Valdivia porque HidroAysén recibió su RCA en la zona austral, y este tribunal de la Región de Los Ríos tiene potestad para evaluar estos proyectos. En caso de reclamar el análisis no está acotado a los aspectos de fondo que invoca el Comité de Ministros para revocar la RCA, sino que también a los aspectos jurídicos. En esa línea, fuentes consultadas por PULSO coinciden en que una de las figuras jurídicas que ha servido de análisis es el denominado “decaimiento”.

El concepto radica en el agotamiento de la vía administrativa para adoptar ciertas decisiones por un plazo determinado. “Sólo en los últimos años la Corte Suprema ha acogido una serie de recursos de reclamación interpuestos por empresas reguladas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y que habían sido sancionadas, pero que habían transcurrido dos años desde los hechos. En este caso se produce algo similar”, detalla una alta fuente ligada a HidroAysén.

Fuente: Pulso

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