Error de la CNE obliga a inédita invalidación de proceso clave para tarificación de la electricidad

27 junio, 2018
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Panel de Expertos advirtió inconsistencias en procesos comenzados en 2017. La situación dejaría en evidencia fallas en la normativa y podría obligar a revisar todos los procedimientos tarifarios realizados al amparo de esta reforma legal.

En un hecho inédito dentro de sus cuatro décadas de operación, la Comisión Nacional de Energía (CNE) debió invalidar uno de los procesos que forma parte de la tarificación del transporte de electricidad, la cual se está realizando por primera vez según lo establecido en la nueva Ley de Transmisión, normativa vigente desde 2016.

Esta situación se dio puntualmente respecto de la calificación de las instalaciones de transmisión, un procedimiento que es clave porque permite determinar quién pagará por el uso de los tendidos. Esto porque si se define que una línea es de tipo dedicado o de uso exclusivo, quien asume el costo del traslado de la electricidad por ella es el generador o bien el cliente libre al que abastece. Por el contrario, si de determina que la red es de tipo nacional (ex troncal) o zonal (subtransmisión antes del cambio legal) le corresponde pagar a todos los usuarios del sistema y entre ellos a los clientes residenciales, que representan más del 60% del consumo de electricidad del país.

La calificación de las líneas y subestaciones en estas tres categorías es la fase inicial de la tarificación de este servicio porque permite, posteriormente, la valorización de estas instalaciones y esto a su vez, arroja el valor anual a pagar la tarifa de transmisión, monto que se divide entre todos los consumidores de la energía en el sistema, en función de un sistema de estampillado.

La razón por la que el ente dependiente del Ministerio de Energía debió echar pie atrás con lo dictaminado en los informes técnicos preliminar y final de calificación de instalaciones de transmisión para el período 2020-2023, fue la detección de una serie de inconsistencias respecto de la denominación que recibieron al menos 16 instalaciones, de un total de 2.655.

“A raíz de la solicitud de información efectuada por el H. Panel de Expertos con fecha 5 de junio del presente año, esta Comisión ha identificado ciertas inconsistencias en la aplicación de la etapa 3 de la metodología de calificación, de ‘análisis de continuidad’”, reconoció la entidad en una carta que el viernes recién pasado le remitió a todas las empresas y organismos que en el proceso de calificación se declararon como interesados.

En la misiva, la secretaria ejecutiva en ejercicio de la CNE, Carolina Zelaya, informa que esta situación afecta las resoluciones de aprobación de los dos informes mencionados, así como aquellas relativas a las respuestas a las observaciones recibidas al proceso.

“Estas inconsistencias, asimismo, afectarían las etapas regladas de presentación de observaciones y discrepancias, como la emisión del dictamen respectivo”, dijo Zelaya, quien añadió que para asegurar la eficacia de este proceso se optó por iniciar un procedimiento de invalidación de todos los actos administrativos vinculados con este procedimiento de tarificación, lo que implica también la suspensión de la discrepancia ante el Panel de Expertos.

Lo que despertó la polémica en la industria, que por sus implicancias económicas observa de cerca la situación, es que el error no fuera detectado por los equipos técnicos de la CNE, sino que por el Panel de Expertos, instancia especializada que resuelve las discrepancias en el sector energético, a la que diez empresas del sector y un gremio acudieron para tratar de impugnar la calificación realizada por la autoridad.

“Debido a que eventualmente estas inconsistencias podrían incidir en la valorización de las instalaciones (proceso posterior al de la calificación), la CNE ha determinado iniciar un proceso de corrección. Esta instancia correctiva significa en lo práctico que el proceso de Calificación de Instalaciones de Transmisión se retrotraerá a las etapas previas, cuidando no afectar la posibilidad de todos los participantes de hacer valer sus derechos, y de terceros de efectuar sus observaciones y discrepancias posteriores a la decisión de calificación, en caso de estimarlo pertinente. De esta manera, la CNE garantiza el principio de juridicidad, consagrado en la Constitución Política de la República”, dijo la entidad en forma oficial al ser consultada.

Fuente: Diario Financiero

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