Convenio 169: Nuevos desafíos en torno a los pueblos indígenas

3 enero, 2017
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(Foto: Municipalidad de Maipú)

 

(Foto: Municipalidad de Maipú)

(Foto: Municipalidad de Maipú)

Si bien las empresas están conscientes de la importancia que tiene abordar la dimensión social y comunitaria de sus proyectos, las principales brechas se refieren a las grandes asimetrías de información existentes entre éstas y las comunidades.

Paula Chapple
Revista Nueva Minería y Energía
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El Convenio 169, en adelante C169, es un tratado internacional de Derechos indígenas aprobado por la OIT en 1989. Sus énfasis son los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas (PPII) relacionados con el trabajo, la tierra, el territorio, la salud, la educación y sus derechos políticos. A nivel internacional constituye la más valiosa convención jurídica para los PPII una vez que el Estado lo ratifica e incorpora sus normas en el orden jurídico interno o nacional.

A septiembre de 2016, 22 naciones han suscrito dicho Convenio y lo han incorporado en sus legislaciones respectivas. “Esto implica a una población total de 56 millones 600 mil indígenas de un total de 370 millones en el mundo. Esto es el 15,3% del total reconocido por 22 naciones, dos de las cuales (España y Países Bajos) lo ratificaron como una señal solidaria de compromiso con los PPII sin contar con población indígena”, señala a revista Nueva Minería y Energía, Domingo Namuncura, ex director nacional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi) y actual embajador de Chile en Guatemala.

Chile aprobó el C169 en el año 2008. Lo hizo en 18 años. Es decir, se demoró más de una década y media en aceptarlo y actualmente está vigente como Ley de la República. Pero tal como acontece en todos los países del continente que han ratificado el Convenio y por tratarse de un instrumento vinculante, la ratificación implica que el ordenamiento jurídico del país deber ser transformado. “Y este proceso es extraordinariamente lento para nuestros estados nacionales. Lo que incluye a Chile, por cierto”, advierte Namuncura.

Hoy, para su puesta en práctica, se han dictado una serie de reglamentos, como por ejemplo el N°40 del Ministerio de Desarrollo Social y el N°66 del Ministerio de Medio Ambiente. Pero la implementación de estos reglamentos es motivo de controversia. “En ambos casos se transgrede (y en el fondo se acomoda a los intereses de las empresas extractivistas) los principios y obligaciones reguladas en el Convenio”, argumenta Álvaro Toro, abogado y asesor jurídico del Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales (OLCA).

Visión empresarial

Para Sebastián Donoso, abogado y socio de Sebastián Donoso & Asociados, la implementación de la consulta indígena -en particular en los procesos de evaluación de impacto ambiental- , “ha generado un nuevo escenario en que los grupos indígenas tienen ahora una instancia de diálogo y negociación con las empresas que antes no existía, o al menos no con la fuerza que se observa hoy”.

Este escenario ha generado un balance interesante, pues si bien las comunidades indígenas tienen hoy un mejor pie de negociación, por otro lado esa misma situación ha abierto el camino para nuevas fórmulas de cooperación que permitan compatibilizar los derechos, intereses y prioridades de unos y otros, y así viabilizar tanto el desarrollo de proyectos como el desarrollo local sustentable.

Con una visión más crítica, Álvaro Toro complementa que las empresas mineras y energéticas, especialmente las transnacionales “han implementado una serie de mecanismos en que invitan a las comunidades afectadas a ‘negociar’ su consentimiento en cuanto a permitir afectación directa a los derechos comunitarios y al medio ambiente circundante, a cambio de beneficios económicos”.

Para el seremi de Medio Ambiente en La Araucanía, Marco Pichunman, “las industrias competitivas del futuro no sólo deberán responder por sus emisiones de gases de efecto invernadero sino que también por su relacionamiento comunitario; definir cómo la industria, el medio ambiente y la comunidad son parte del desarrollo local y se integran para fines comunes”.

Deudas pendientes

Hay que consenso entre los expertos consultados en que uno de los aspectos más difíciles de resolver en este tema es cómo conciliar las visiones de empresas y comunidades indígenas sobre los impactos de los proyectos.

Uno de los aspectos más difíciles de resolver en este tema es cómo conciliar las visiones de empresas y comunidades indígenas sobre los impactos de los proyectos. (Foto: Tierra de vientos)

Uno de los aspectos más difíciles de resolver en este tema es cómo conciliar las visiones de empresas y comunidades indígenas sobre los impactos de los proyectos. (Foto: Tierra de vientos)

“Por un lado están las empresas con una convicción técnica sobre los efectos de sus actividades, y por otro las comunidades con su percepción -naturalmente subjetiva- sobre esos efectos”, apunta Donoso.

Para Álvaro Toro lo más relevante que está pendiente es concordar con las comunidades indígenas la correcta aplicación del Convenio 169. Lo anterior, “en cuanto la obligatoriedad de la realización de la consulta, a que sin consentimiento no se puede hacer un proyecto, y que se debe respetar el principio de buena fe en los procesos de consulta indígena, para que puedan expresar libremente su parecer”.

Asimismo, Toro recalca que se le debe dar “el correcto valor a la aprobación de las comunidades afectadas, así como proveer a las comunidades afectadas de las capacidades adecuadas para poder participar plena e informadamente de los procesos de consulta”.

En tanto, el seremi Marco Pichunman señala que las principales brechas que quedan por derribar se refieren a las “grandes asimetrías de información”, que según su punto de vista, existen entre las empresas y las comunidades.

“En ese sentido es muy valiosa la experiencia adquirida por el Estado en los procesos de consulta previa que se han realizado a la fecha. Hay que mirar con detención estos procesos porque allí existen experiencias reales de aproximación y construcción de confianzas”, agrega el seremi de Medio Ambiente de la Región de la Araucanía.

Para Sebastián Donoso, una de las tareas pendientes es entender que el diálogo con las comunidades indígenas “debe ser un valor permanente y no sólo una práctica acotada al período de aprobación de los permisos de un proyecto”.

Tanto para el Estado como para el sector privado, la vigencia y aplicación del C169 resulta todavía incomprensible. “La lógica de las industrias extractivas es manejar en profundidad el uso de las riquezas naturales con el menor obstáculo. Ellos denominan a esto la seguridad jurídica para invertir. La contrapartida social es la seguridad jurídica de las naciones y de los pueblos a que sus recursos naturales no sean depredados. Esto representa un problema a resolver pues, por una parte los inversionistas invierten y no necesariamente con fines sociales sino para maximizar sus ganancias y el Estado requiere tales inversiones para desarrollar servicios”, detalla Namuncura.

De todos modos, el ex director nacional de Conadi reconoce que con la aprobación del Convenio 169, la situación en América Latina y Chile “ha cambiado en parte”.

“Hoy las grandes corporaciones extractivistas (mineras e hidroeléctricas entre otras) ya están comprendiendo que no podrán avanzar en sus proyectos de inversión sin un proceso de consenso con los PPII. Y el Estado no está en condiciones de desentenderse de esta nueva norma jurídica”, añade Namuncura.

En otras palabras, los PPII de Chile cuentan hoy con una batería muchísimo más extendida de derechos que tanto el Estado, como los inversionistas y terceros no pueden soslayar.

Consultas públicas en La Araucanía

En la actualidad, el Ministerio de Medio Ambiente se encuentra desarrollando un proceso de Consulta Indígena sobre el Proyecto de Ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

“Este instrumento viene a completar la institucionalidad ambiental en Chile, y su función principal será implementar las políticas públicas en materia de conservación y preservación de ecosistemas y especies, así como la gestión del futuro Sistema Nacional de Áreas Protegidas, el que tendrá un carácter integral, público y privado, terrestre y marino”, adelanta el seremi de Medio Ambiente de la Región de la Araucanía, Marco Pichunman.

El proceso de consulta previa en la Araucanía se está desarrollando de forma exitosa llegando a convocar cerca de 2 mil personas en su primera etapa.

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