Consideraciones en torno al proyecto de ley de transmisión eléctrica

23 mayo, 2016
001 - Opinión - Renato Agurto_foto

Renato Agurto_foto

“La aplicación de las disposiciones del proyecto de ley va a exigir una gran responsabilidad de parte de las entidades encargadas, si se quiere lograr el desarrollo de un sistema de transmisión acorde a los objetivos que fundamentan el proyecto de ley”.

Por Renato Agurto,
Socio Director de Synex Ingenieros Consultores
_______________________________________

El proyecto de ley que reforma las regulaciones sobre transmisión eléctrica y sobre la operación del sistema eléctrico, que está próximo a completar su tramitación en el Congreso Nacional, introduce una serie de modificaciones que se consideran convenientes y positivas y han contado, en general, con un amplio consenso.

En mi opinión, la aplicación de las disposiciones del proyecto de ley va a exigir una gran responsabilidad de parte de las entidades encargadas, si se quiere lograr el desarrollo de un sistema de transmisión acorde a los objetivos que fundamentan el proyecto de ley.

A continuación, me refiero sólo a algunos de los aspectos críticos:

En cuanto a la aplicación de los objetivos y criterios para la planificación de la expansión de las instalaciones del sistema de transmisión, el proyecto de ley contiene los criterios económicos que se utilizan normalmente en planificación eléctrica, los que incluyen la aplicación de metodologías de planificación bajo incertidumbre.

Sin embargo, la ley plantea que la planificación debe considerar objetivos y criterios que no aparecen con una norma explícita para su aplicación, como la minimización de riesgos de abastecimiento ante la ocurrencia de sequías extremas, desastres naturales e indisponibilidad de infraestructura energética.

Asimismo, debe considerar condiciones que promuevan la oferta y faciliten la competencia propendiendo a un mercado común a mínimo costo con el fin de abastecer el suministro a mínimo precio. Para el cumplimiento de estos objetivos y criterios, el proyecto de ley plantea que el proceso de planificación debe proporcionar al sistema de transmisión las holguras o redundancias en su capacidad de transporte.

El punto importante aquí es que debe haber un equilibrio entre los costos que implica tener un sistema de transmisión con holguras y el beneficio que se obtiene de no tener restricciones de suministro o de tener mayor competencia y menores precios de energía.

Dado que el sistema de precios de la transmisión descansará sólo en los consumidores a través de un cargo estampilla, éstos no verán, en general, un impacto inmediato en el costo de transmisión frente a una decisión de incremento de capacidad de transmisión específica. Sin embargo, un sistema de transmisión con holguras excesivas puede significar a la larga mayores costos totales para los usuarios, considerando costos de energía y de transmisión.

En este sentido, reviste importancia el reglamento que se dicte para establecer los criterios y aspectos metodológicos a ser considerados en la determinación de las holguras o redundancias de capacidad de transporte para cumplir tales objetivos señalados en el proyecto de ley.

En lo que concierne a las disposiciones que regularán al Organismo Coordinador, el desafío será preservar la necesaria autonomía de éste para aplicar el marco legal, reglamentario y normativo a la coordinación de la operación del sistema y del mercado eléctrico, lo que exige delimitar las competencias de la CNE en la dictación de normas técnicas y las del organismo en el establecimiento de los procedimientos de detalle para su aplicación.

Noticias Relacionadas