Comité de Ministros definirá este mes el futuro de RT Sulfuros de Codelco

10 enero, 2017
Codelco

(Foto: Codelco)

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Una comunidad dice que no participó en la consulta indígena como parte de la Evaluación Ambiental del proyecto Radomiro Tomic Sulfuros, pero la empresa asegura que ésta “se desistió unilateralmente”.

Luego de duros cuestionamientos de una comunidad indígena, será el Comité de Ministros el que decidirá el futuro del proyecto Radomiro Tomic Sulfuros (RT Sulfuros) de Codelco, que contempla una inversión de US$ 5.400 millones, la mayor en la historia de la empresa estatal.

En enero de 2016, la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Antofagasta calificó favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental de la inicitiva. No obstante, la Asociación de Agricultores del Departamento El Loa, la Comunidad Indigena de Quillagua y la Comunidad Indígena Atacameña San Francisco de Chiu-Chiu presentaron recursos de reclamación en contra, los que fueron acogidos. Dado esto, la obra deberá ser sometida a votación por el Comité de Ministros.

Éste está conformado por los ministros de Energía, Salud, Minería, Economía, Agricultura y Medio Ambiente. Es la última instancia administrativa para la aprobación de una obra. Luego sólo queda la posibilidad de recurrir a los tribunales ambientales para revertir sus dictámenes.

Así es como se convocó para “la primera sesión ordinaria del Comité de Ministros del año 2017”, que se realizará el próximo 24 de enero en el Ministerio de Medio Ambiente, y solo figura en tabla el proyecto Radomiro Tomic Sulfuros (RT Sulfuros) de Codelco. RT Sulfuros es parte de la cartera de proyectos estructurales de Codelco y dará continuidad a la División, a través de la explotación y procesamiento de mineral sulfurado (actualmente explota óxidos).

El proyecto ingresó al Sistema de Evaluación Ambiental en mayo de 2013, y según destacó la propia empresa cuando consiguió la aprobación por parte de la autoridad, consideró etapas de participación ciudadana, con consultas indígenas, la presentación de tres ICSARA (Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones) y tres adendas.

Según ha destacado Codelco, el proyecto contempla un plan de medidas que busca evitar, mitigar y compensar el impacto en el entorno. Las medidas totalizan una inversión de más US$1.800 millones, entre las que destacan la construcción de una planta desalinizadora, que estará ubicada a 14 kilómetros al sur de Tocopilla y permitirá el procesamiento de más de 1.600 l/s de agua para uso industrial, gracias a lo cual las nuevas instalaciones no consumirán agua fresca, ha dicho la firma estatal.

Codelco cuestiona a comunidad

La empresa estatal pidió rechazar los recursos de reclamación, afirmando que “no hay razones de hecho ni de derecho que justifiquen dictar un acto administrativo” que modifique la resolución que calificó favorablemente la iniciativa.

La directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de Antofagasta, Patricia De la Torre, también pidió rechazar los recursos interpuestos. Sostuvo que el servicio “actuó de buena fe” y el Proceso de Consulta Indígena se realizó ajustado a la normativa vigente. Precisó que el proceso con el Pueblo de Chiu-Chiu involucró a 3 instituciones y que con dos de ellas se logró la firma de un Protocolo de Acuerdo Final, pero que la Comunidad Indígena Atacameña San Francisco de Chiu-Chiu “en forma libre decidió retirarse” del proceso.

“El hecho de que el proceso no pudiera llevarse íntegramente a cabo con la comunidad reclamante -por cuanto finalmente desistió unilateralmente de proseguir con el mismo- no suprime ni menos relativiza la legalidad de la actuación del Estado en esta materia; ni, menos aún, importa una conducta atentatoria contra la buena fe”, sostiene Codelco.

Añadió que el desistimiento del proceso por parte del reclamante no se debió al desarrollo de mecanismos de consulta paralelos con otras organizaciones, sino única y exclusivamente a que pretendían, como condición para mantener el diálogo, que los relaves derivados de la ampliación del Proyecto fueran depositados en un lugar distinto del Tranque Talabre.

La empresa señaló que el Convenio N° 169 de la OIT y el decreto supremo N° 66, de 2013, obligan al Estado a consultar a los pueblos interesados, a través de procedimientos apropiados.

“Pero si una organización, como la reclamante, se desiste finalmente de ese proceso, no puede ello generar como efecto que el Estado no haya satisfecho sus obligaciones en general, ni el deber de buena fe en especial, pues eso significaría dejar al solo arbitrio de la voluntad de los pueblos interesados la legalidad del proceso de consulta, y en especial la existencia o no de buena fe sobre el proceso”, remató la estatal.

Fuente: Diario Financiero

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