CDE: “Codelco ni siquiera ha respetado su normativa interna de contratación con partes relacionadas”

7 noviembre, 2017
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(Foto: Revista NME)

(Foto: Revista NME)

Escrito dice que someterse a la Ley de Compras Públicas “no conlleva de forma alguna una confusión entre servicios públicos centralizados y empresas públicas”.

El Consejo de Defensa del Estado (CDE) no retrocedió un centímetro en su crítica a Codelco por contrataciones con partes relacionadas que identificó Contraloría en un informe que realizó a la minera estatal.

El CDE -que actúa como defensor de Contraloría en la demanda que interpuso Codelco en contra del informe 900, auditoría que le realizó este organismo- mantuvo las críticas a la estatal en su dúplica, documento en el que responde la réplica de la minera.

Incluso fue más allá. Indicó que no es lo mismo dar cumplimiento a una ley que a un instructivo interno que puede ser modificado o revocado, añadiendo que “muchas de las observaciones indicadas en el informe 900 (…) dicen relación con que Codelco ni siquiera ha respetado su normativa interna de contratación con partes relacionadas”.

“El respeto del principio de probidad va más allá de recomendar a los funcionarios de la empresa -mediante un instructivo interno- abstenerse de suscribir contratos con parientes o informarlos al directorio para que los apruebe”, agregó el CDE en el documento firmado por su presidenta, María Eugenia Manaud.

La disputa entre la minera y Contraloría surge de la discusión en torno a qué marco legal rige a Codelco al momento de contratar con partes relacionadas, es decir, con firmas en las que existan familiares de ejecutivos o directivos.

Según Contraloría, la minera debe regirse por algunos artículos de la Ley de Compras Públicas referidos a la contratación con relacionados. La estatal, a su vez, argumenta que se rige por la Ley de Sociedades Anónimas, por lo que optó por la vía judicial para resolver el diferendo con Contraloría.

La dúplica del CDE expone que la interpretación jurídica de la minera “pretende extraer a Codelco de su carácter de empresa pública y ubicarla solo como una empresa más, del mismo modo que cualquier entidad privada”.

Precisó que “suponer que los bienes jurídicos presentes en la custodia de la probidad en empresas privadas son idénticos a aquellos referidos a las empresas públicas es no comprender las diferencias entre ambas unidades, las distintas formas de gestión que ellas poseen y los diferentes riesgos a las que están sometidas”.

El CDE añadió que “rechazamos enfáticamente la premisa mayor del razonamiento de Codelco. Una cosa es diseñar una empresa pública, con sus propias reglas de organización y gestión, y una cosa muy distinta es suponer que las reglas mínimas de probidad pública le resultan inaplicables”.

“Afán de mofarse”

Desde el CDE descartaron que el objetivo de Contraloría sea convertir a la minera en un servicio público, sino que buscan que se le apliquen las normas de las empresas públicas.

De esta manera, el CDE sostuvo que cuando la minera “da a entender que se estarían exigiendo a Codelco los sistemas de contratación que emplea el Ministerio de Bienes Nacionales para abastecerse de papel para sus impresoras, lo hace con el único afán de mofarse de una explicación que solo ella ha sostenido”.

Argumentó que basta con ver cómo actúan a diario otras empresas públicas “para darse cuenta de que la exigencia de respeto a normas mínimas de probidad (…) no conllevan de forma alguna una confusión entre servicios públicos centralizados y empresas públicas”.

Y agregó: “Lo único que ello implica es mostrar que en una parte muy básica de su regulación, ambos pertenecen al Estado, y en tanto tal, participan del ámbito de lo público”.

Cabe recordar que el denominado Informe 900 advierte de contratos con relacionadas por un monto de US$ 783 millones, entre 2013 y 2015.

”(Interpretación de la minera) pretende extraer a Codelco de su carácter de empresa pública y ubicarla solo como una empresa más”

”Una cosa es diseñar una empresa pública, con sus propias reglas de organización y gestión, y una cosa muy distinta es suponer que las reglas mínimas de probidad pública le resultan inaplicables”

Fuente: Economía y Negocios

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